Recomiendan contratar agencias de viajes habilitadas en Corrientes

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Desde el Ministerio de Turismo de la Provincia de Corriente se comunica la plena vigencia del Artículo 1 de la Ley 18.829 (Ley de Turismo) y en virtud de ello, alerta que ninguna persona humana o jurídica puede vender viajes y/o paquetes para concurrir a eventos religioso, cultural, musical ni de ninguna índole que no sea una Agencia de Viajes debidamente registrada por la Secretaria de Gobierno de Turismo de la Nación.

 A tal fin, se transcribe el mismo: Art. 1 de la Ley 18.829 Inc. a) “Quedan sujetas a las disposiciones de esta Ley toda persona humana o jurídica que desarrollen en el territorio nacional, con o sin fines de lucro en forma permanente transitoria o accidental, alguna de la siguientes actividades: Inc. A) la intermediación en la reserva o locación de servicios en cualquier medio de transporte en el país o en el extranjero….”

Para corroborar la información existe una página en la Provincia en concordancia con la que tiene la Secretaría de Turismo de la Nación, donde se encuentra el listado de todas las Agencias que poseen licencia habilitante, como así también las que pueden vender paquetes estudiantiles (Argentina.gob.ar rubro agencias de viajes).

Como parte activa de contralor y asesoramiento desde el Ministerio de Turismo se informa que el Área de Fiscalización, continúa atendiendo de lunes a viernes todas las consultas vinculadas a los temas enunciados, en el horario de 8.00 a 14.00, en calle 25 de mayo 1330 de ésta Capital, teléfono 03794 427200 – interno 109, e-mail fiscalizaciónturctes@yahoo.com.ar.