La Justicia exime de Ganancias a docentes

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Luego del fallo favorable a CTERA, SUTECO notificó al Ministerio de Educación y de Hacienda sobre el amparo, y a quienes debiera contemplar la medida.

Tras un fallo favorable de la Justicia Federal, el Sindicato Único de Trabajadores de la Educación de Corrientes (SUTECO) notificó ayer a los Ministerios de Educación y de Hacienda de Corrientes la suspensión de la aplicación del Impuesto a las Ganancias a personal docente. La medida contempla a los activos y jubilados adheridos tanto a CTERA como al gremio de base en la provincia.

A través de la nota el sindicato solicitó que en la próxima liquidación de haberes no se les aplique el descuento correspondiente a dicho tributo, el cual fuera restituido recientemente con la sanción de la Ley Bases, a los maestros de los niveles inicial y primario, profesores y directivos representados por ambas organizaciones.

Esto se debe al amparo presentado por la CTERA en el Juzgado de Trabajo Nº13 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a cargo de la jueza Mirta González Burbridge. La medida cautelar ordena la suspensión de los Artículos 73, 81 y 94 de la Ley Nacional Nº 27.743, mediante los cuales se habían reestablecido el Impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría. La norma regula tanto el mínimo no imponible como lo relativo a los adicionales sobre los cuales se calculaba el tributo como ruralidad, material didáctico, presentismo, entre otros.

Por lo tanto, esta suspensión también abarca todos los actos de la AFIP que reglamenten el cobro del impuesto. La medida estará vigente hasta que la Justicia resuelva la cuestión de fondo, es decir, si declara la inconstitucionalidad de la ley. Este pedido también fue planteado por CTERA y sus gremios de base como SUTECO.

Se trata del primer fallo favorable sobre este tema, planteado por una organización sindical que abarca a los trabajadores de la educación, según informaron desde el gremio. El pedido fue presentado ayer por el secretario general de SUTECO, Fernando Ramírez, y la Junta Ejecutiva del sindicato.

CTERA planteó la inconstitucionalidad del Impuesto a las Ganancias porque considera “es una evidente lesión al derecho de propiedad, al de igualdad, a los principios de igual remuneración por igual tarea, integralidad del salario, salario justo, respecto a la negociación colectiva, legalidad tributaria y no confiscatoriedad”. La central también objetó que la norma no contó con la aprobación de las dos Cámaras del Congreso, ya que el Senado rechazó el capítulo fiscal y Diputados la aprobó al insistir con su proyecto original.