Mercado Pago está controlada por la AFIP y la UIF para evitar actividades ilícitas.
Mercado Pago, una de las billeteras virtuales más populares en Argentina, ha revolucionado la forma en que se manejan las transacciones financieras cotidianas en la economía. No obstante, es esencial considerar ciertas pautas y regulaciones, especialmente en lo que respecta a los límites máximos permitidos y las obligaciones fiscales asociadas.
En primer lugar, es fundamental saber que no hay un monto máximo universal en Mercado Pago; este límite depende de la situación financiera individual de cada usuario. Para aquellos con ingresos irregulares o empleo informal, el tope mensual es de $200.000. Por lo que superar este monto podría resultar en la plataforma solicitando justificación de los ingresos por razones fiscales.
En relación con los ingresos diarios en efectivo, el rango varía desde un mínimo de $500 hasta un máximo de $250.000. Si los fondos recibidos no se alinean con tu perfil financiero, especialmente al utilizar la billetera virtual con propósitos comerciales, Mercado Pago podría requerir una justificación de la fuente de esos fondos.
La solicitud de justificación de la procedencia de los fondos no es arbitraria por parte de la empresa; obedece a los requisitos establecidos por la Unidad de Información Financiera (UIF) para prevenir actividades como el lavado de dinero y la evasión fiscal.
Es relevante destacar que la normativa indica que la AFIP recopilará los historiales de bienes de cada usuario en el país durante los últimos cuatro años, así como los saldos bancarios y las compras anuales de moneda extranjera, incluido el dólar.
AFIP: qué pasa si supero el límite de los movimientos en Mercado Pago
Si el usuario supera los montos establecidos por la AFIP, es posible que la entidad se comunique con el titular de la cuenta de Mercado Pago para requerir la presentación de documentos que respalden el origen de los fondos.
Dentro de los papeles que podría pedir están incluidos:
Facturas emitidas en los últimos seis meses.
Comprobantes de cobros jubilatorios.
Recibos de sueldo.
Certificados de ingresos que emitidos por contadores públicos.