Más de 21.000 correntinos esperan poder jubilarse

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Es por la falta de sanción de la Ley de Pago de Deuda Previsional que está en la Cámara de Diputados de la Nación.


La Anses informó que, por falta de sanción de la ley de Pago de Deuda Previsional que está en la Cámara de Diputados de la Nación, unas 800.000 personas en todo el país no podrán acceder a su jubilación en 2023. Y que, de ese total, unas 21.000 son de la provincia de Corrientes.
La Anses remarcó la necesidad de que dicha ley sea discutida de manera urgente en Diputados de la Nación “para contar con una herramienta previsional que dé respuesta a la gran cantidad de personas mayores que se encuentran en esa situación”. El diputado nacional por Corrientes, Jorge Antonio Romero, confirmó que “la ley de Pago de Deuda Previsional está en la lista de 27 temas a tratar en la convocatoria a sesiones extraordinarias que fueron convocadas por el Ejecutivo Nacional y estarán abiertas hasta el 28 de febrero”.
“Sería lamentable que más de 21.000 correntinos no accedan a su jubilación, por la postura mezquina de los legisladores nacionales de ECO+JxC que no aportan al quórum para tratar esta ley”, dijo Romero, y explicó que “eso ya ocurrió en la última sesión de Diputados de la Nación, en diciembre pasado, cuando esta ley de Pago de Deuda Previsional estaba para tratarse y los legisladores de ECO y Juntos por el Cambio decidieron no dar quórum”. “Esperemos que esta vez el tratamiento de esta Ley se concrete de forma urgente, independientemente de los otros temas de las sesiones extraordinarias. El proyecto de juicio político a los jueces de la CSJN no es excusa. Bien se puede sancionar la Ley de Pago de Deuda Previsional y los otros temas tendrán su propio debate, aprobación o rechazo”, explicó.
El Plan de Pago de Deuda Previsional alcanza a dos grupos: quienes ya cumplieron la edad jubilatoria (60 años las mujeres y 65 los varones), pero no cuentan con los 30 años de aportes realizados. Estas personas podrán cancelar la deuda de aportes en cuotas descontadas de su jubilación. 
Por el otro, quienes están a menos de 10 años de cumplir la edad jubilatoria y ya saben que no alcanzarán los 30 años de aportes. En este caso podrán identificar y cancelar períodos pasados de aportes, lo que les otorgará derecho a acumular períodos para su futura jubilación.