La orden interna a la Policía de la Provincia ya fue dada. A partir de ahora se podrá cultivar y transportar determinadas cantidad de marihuana o aceite de cannabis siempre y cuando sea para uso medicinal y se esté habilitado mediante el correspondiente carnet del Registro del Programas de Cannabis.
El cultivo y el transporte de esta manera, para fines medicinales, dejará de ser delito siempre y cuando no se excedan de “9 plantas en etapa de floración y hasta 40 gramos, o 1 frasco de aceite de hasta 30 mililitros, o 40 gramos de flores secas”
Esas son las cantidades que se podrán transportar “con fines medicinales” de acuerdo a la orden interna firmada por el jefe de la Policía de Corrientes, comisario General Félix Barboza en un texto en el que se insta a las fuerzas de seguridad a no iniciar acciones penales “estériles y el gasto ineficaz de la tramitación”.